martes, 25 de enero de 2011

DÍAS DIFÍCILES.

Aunque no lo quisiera, debo aceptar que en lo más profundo de mi ser esperaba un cambio leve, un signo de mejora en el país  y en su población. 
   Como cada nuevo año, cuando abrimos los calendarios coloridos, con imágenes tiernas o interesantes, algunas de ellas impresinantes por su belleza, nos alienta una idea:  “Este año será mejor”.
   Había abandonado la costumbre de escribir por situaciones personales, me sentía poco inspirada y no atinaba acerca de qué escribir. 
   Reinicié las labores profesionales y aún así, me siento poco motivada:  no hay cambios, las mismas actitudes, los mismos problemas, las mismas necesidades, la misma pobreza y la misma ignorancia, además d las mismas mañas.
   El día de hoy llegó un alumno de 7 años con el labio inferior  reventado, me dicen que además tenía moretones.  El  menor pertenece a una familia integrada por la madre, la pareja de la madre y un hermano.  La señora trabaja todo el día,  es cocinera y los  niños quedan al cuidado del hombre  inculto e impulsivo que, por un arrebato, golpeó brutalmente al niño. 
   Después, al hablar con la madre, ella insistió  en que el hombre no es su sesposo, que ella es madre soltera.  Esa situación civil, antaño vergonzosa, es ahora un orgullo. Por qué?  Estuve reflexionando largo rato acerca de la insistencia de la señora en su situación de soltería hasta que dí con la explicación:   seguramente ella tiene el apoyo que da el gobierno a las madres solteras.  Qué vergonzoso, cuánta  mentira, farsa, trampa, deshonestidad existe en la población mexicana,  Y los hijos?  Que los cuiden los que no son sus padres.

lunes, 10 de enero de 2011

Prohíbe Secretario de Salud minifaldas y ropa de mezclilla.


Prohíbe Secretario de Salud minifaldas y ropa de mezclilla, mientras el metro del D.F.  se pasean en calzoncillos.

El nuevo titular de la Secretaría de Salud con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas, Norberto Treviño García Manzo, prohibió el uso de minifalda, la ropa de mezclilla al personal de la dependencia para evitar distractores. También ordenó desaparecer "el desayunador" y le recomendó a la gente cercana a su oficina evitar los gritos y las carcajadas.

Mientras tanto en la tarde de ayer cientos de jóvenes de un grupo llamado FlashMob realizaron un paseo sin pantalones en el metro desde el Auditorio hasta Bellas Artes.

 Por lo que se ve estos jóvenes no podrán trabajar  en la Secretaría de Salud de Ciudad Victoria, Tamaulipas. YO TAMPOCO PADEZCO DE TDAH.


Cabe señalar que las disposiciones del nuevo secretario de Salud en Tamaulipas, Norberto Treviño García Manzo quien prohibió a las trabajadoras de esta dependencia, usar minifaldas, escotes, mezclilla y ropa entallada, viola los derechos humanos de las mujeres.

En un contexto nacional hay antecedentes de este tipo de medidas moralistas y violatorias de los derechos humanos de las mujeres. En 1995 el Gobierno de Jalisco prohibió el uso de la minifalda. En 2007, el Congreso del Estado de Nuevo León prohibió a las trabajadoras usar minifaldas porque “provocaban” a los legisladores.

En estados como Guanajuato y Yucatán o el Ayuntamiento de Aguascalientes, también hay antecedentes de este tipo de medidas, que coartan la libertad de la población femenina para elegir la ropa que visten.
Notas tomadas de http://sdpnoticias.com/sdp/galeria/fotos-del-dia-10-enero-2011/2011/01/10/15/1188091 y de http://www.noroeste.com.mx/publicaciones.php?id=651504
Foto: Rodolfo Ángulo/Cuartoscuro

sábado, 1 de enero de 2011

PROHIBICIÓN A LA MEDICAMENTACIÓN EN LAS ESCUELAS


(Primera Sección) 
DIARIO OFICIAL Viernes 17 de abril de 2009
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA

DECRETO por el que se adicionan las fracciones XIII, XIV y XV al artículo 75 y una fracción III al artículo 76 de la Ley General de Educación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XIII, XIV Y XV AL ARTÍCULO 75 Y UNA FRACCIÓN III AL ARTÍCULO 76 DE LA  LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se adicionan las fracciones XIII, XIV y XV al artículo 75 y una fracción III al artículo 76 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 75.- Son infracciones de quienes prestan servicios educativos:
I. a XII.- ...

XIII.- Administrar a los educandos, sin previa prescripción médica y consentimiento informado de los padres o tutores, medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas o estupefacientes;

XIV.- Promover en los educandos, por cualquier medio, el uso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas o estupefacientes, y

XV.- Expulsar o negarse a prestar el servicio educativo a niñas, niños y adolescentes que presenten problemas de aprendizaje, condicionar su aceptación o permanencia en el plantel a someterse a tratamientos  médicos específicos; presionar de cualquier manera  a los padres o tutores para que acudan a médicos o clínicas específicas para la atención de problemas de aprendizaje de los educandos.
...
Artículo 76.- ...

I. y II.- ...

III.- En el caso de incurrir en las infracciones establecidas en las fracciones XIII y XIV del artículo anterior, se aplicarán las sanciones establecidas en las fracciones I y II de este artículo, sin perjuicio de las penales y de otra índole que resulten.
...
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a 3 de marzo de 2009.-

Dip. Cesar Horacio Duarte Jaquez, Presidente.- Sen. Gustavo Enrique Madero Muñoz, Presidente.- Dip. Maria Eugenia Jimenez Valenzuela, Secretaria.- Sen. Gabino Cué Monteagudo, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a trece de abril de dos mil nueve.-

Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.-
El Secretario de Gobernación, Lic.  Fernando Francisco
Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.